ANÁLISIS
DE LA “JUSTICIA” EN EL FAMOSO
CASO DE LOS EXPLORADORES DE CAVERNAS
Como
sabemos, el caso el caso de los exploradores de cavernas hace referencia a un importante caso hipotético planteado por Lon Fuller de la universidad de
Harvard.
En
primer término considero indispensable abordar algunos puntos importantes que
permiten tomar una decisión sobre el presente asunto:
- · El asunto se origina en un homicidio, del cual conoce la corte de apelación.
- · Todos los acusados son espeleólogos.
- · Debido a un hecho de la naturaleza, todos los expedicionarios se vieron atrapados en una caverna, y la única salida conocida se bloqueó-
- · Aun cuando se envió una partida de exploración y rescate, la misma no fue exitosa, y costó la vida de algunos de los mismos rescatistas.
- · La expedición de rescate costó una importante suma de dinero, y tardó 32 días en conseguir el acceso a la caverna.
- · Era un hecho conocido que las provisiones de los espeleólogos atrapados no era suficientes para el tiempo que tardó el rescate, y también era un hecho conocido que en la caverna en la que estaban atrapados no existían medios para que se procuraran la supervivencia.
- · En todo momento se contó con comunicación vía radio con los exploradores pérdidas, sin embargo ellos por mutuo propio dejaron de comunicarse.
- · Una vez que se informó a los espeleólogos de la imposibilidad de que se mantuvieran sin comer durante el tiempo requerido para la misión de rescate, ninguna persona, juez, funcionario, médico o ministro religioso dio respuesta a la interrogante de si podrían comer a uno de los mismos espeleólogos para sobrevivir.
- · Una vez que se consiguió rescatar a los espeleólogos, se logró confirmar que el equipo de radio siempre funcionó y que el mismo expedicionario que hablo en representación de todos fue asesinado y comido por sus compañeros de expedición.
o
En
principio la idea de comer a uno mismo de los espeleólogos perdidos fue del
fallecido.
o
Se
decidió dejar el asunto a un juego de azar,
o
Cuando
el fallecido se arrepintió de participar, el juego fue llevado a cabo y perdió.
- · Efectuado el rescate y tratados medicamente se dio inicio al proceso por homicidio.
- · El jurado determinó que de acuerdo a los hechos, debían ser condenados por homicidio.
- · Posteriormente el mismo jurado solicitó que la pena de muerte se cambiara por la pena de prisión.
De
acuerdo con lo anterior, debemos considerar que el tipo penal que se aplicó en
este caso considera que se penará con muerte, a quien privare intencionalmente
de la vida, lo cual ocurrió en el caso que nos ocupa, todos y cada uno de los
espeleólogos perdidos buscaban con intención buscar la muerte de uno de sus
compañeros para obtener el sustento que les permitiera mantenerse con vida
hasta en tanto fueran rescatados.
Cabe
señalar que en la legislación citada no existen excepciones a dicha regla.
El
tipo penal, es JUSTO??, después de las consideraciones que hemos formulado en
torno al tema de la justicia, sería factible considerar que en el presente
caso, justicia es la aplicación de la ley?, porque considero que esa aplicación
habla sobre legalidad más que sobre justicia.
Como
es posible que se castigue a aquellos, que por circunstancias extraordinarias
son incapaces de actuar de una forma que es incompatible con la naturaleza
humana, que siempre persigue su propia subsistencia.
De
acuerdo con los antecedentes planteados, pese a la procedencia o no del indulto
consideró que la determinación judicial debería declarar la inocencia de los
acusados como lo realmente JUSTO, debido a que si bien, no existe una excepción
a la regla del homicidio, lo cierto es que en ningún caso se puede de exigir de
un hombre el sacrificio de su propia vida, es un argumento que va en contra de
la misma naturaleza del hombre, contra el mismo derecho natural.
En
el caso que se juzga se trata de un hecho atípico, derivado solo de la
naturaleza que puso a los hombres acusados en el borde de la ley, donde no
pueden ser juzgados por tratar de lograr su propia supervivencia, es un hecho
heroico que no puede ser exigido por nuestra norma bajo ninguna circunstancia,
el instinto de supervivencia se encuentra por encima de cualquier ley en estos
casos extremos, que no fueron un resultado de la voluntad de los mismos
acusados, sino de un caso de extrema necesidad.
Como
efectivamente señala uno de los proyectos la ley busca la JUSTICIA y en base a
dicho valor, regular nuestra interacción en sociedad, sujetándonos con la
fuerza del mismo orden jurídico, pero en este caso los
acusados estaban fuera del mismo orden social, lejos de fuerza ordenadora,
porque en un principio ni si quiera se tenía la certeza de lograr su rescate,
ni en los 10 propuestos inicialmente. El rescate de hecho tardó 32 días donde
los acusados estuvieron fuera de la sociedad, valiéndose de sus propios medios,
sometidos a la naturaleza misma del hombre y del instinto para mantenerse con
vida.
Condenar
a los acusados, implica llegar al absurdo que la vida humana debe ser protegida
a toda costa, pero cada una de esas vidas era invaluable, y la decisión tomada,
si bien moralmente reprensible en el seno de la sociedad, o injusta desde el
punto de vista de algunos, es una cuestión básica de supervivencia que permitió
la conservación de vidas. Llegar a
determinar lo contrario, implicaría hacerlos responsables por la muertes de los
obreros que murieron en el rescate, o a los espeleólogos perdidos, o aquellos
que autorizaron la búsqueda pese al coste de las vidas humanas que tuvo como
consecuencia.
Confirmar
la sentencia por seguir el apego estricto a la ley, no es una forma de resolver
conforme a derecho, o a la letra de la ley, y hacer justicia; porque en este
caso es indispensable buscar una correcta interpretación que permita manejar el
caso atendiendo a su naturaleza y al espíritu mismo de la ley, al sentido común
y a la justicia alejándonos de la mera legalidad.
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